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Jisap se suma al Manifiesto por la Igualdad de la OMEP

En Jisap nos hemos comprometido con el Manifiesta por la Igualdad de la OMEP. Un decálogo de buenas prácticas, en las que además creemos firmemente, que puestas en marcha suponen un paso de gigante en la igualdad real entre hombres y mujeres en el ámbito laboral, y en la sociedad en general. Por ello, además de suscribir dicho manifiesto, queremos que muchas otras empresas conozcan estas buenas prácticas, porque es el primer paso para trabajar por ellas. Este es nuestro compromiso con la igualdad.

MANIFIESTO PARA LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES ENTRE MUJERES Y HOMBRES

  1. Las organizaciones firmantes se comprometen públicamente con el respeto y el fomento de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, entendiendo por estos la garantía de que mujeres y hombres puedan participar en las diferentes esferas de la sociedad y actividades que se realicen sobre bases de equidad y la necesidad de corregir las desigualdades y eliminar toda barrera sexista y discriminatoria directa o indirecta. Por lo tanto, las firmantes de este manifiesto se comprometen a incorporar un Plan de igualdad, o las medidas posibles de acuerdo a su dimensión y los medios de que disponen, en sus organizaciones para dar cumplimiento a las bases y principios de este Observatorio.
  2. Nuestra referencia legislativa es el cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2007de 22 de Marzo siguiendo las directrices delTratado de Ámsterdam y la Ley 7/2007 para la Igualdad de Mujeres y Hombres de la Comunidad Autónoma de Murcia, propiciando su conocimiento en todos los ámbitos de la organización.
  3. Se adoptarán modelos de gestión ya implantados en países de nuestro entorno que propicien la flexibilidad laboral y la retribución por objetivos, de forma que se tienda a la racionalización horaria y se fomenten las posibles alternativas a la cultura del trabajo presencial.
  4. El impulso de medidas que faciliten la conciliación de la vida profesional, familiar y personal será uno de los ejes básicos de las políticas de recursos humanos, en cumplimiento con la legislación vigente.
  5. Las organizaciones promoverán como elementos básicos de su cultura organizativa los valores y principios comprometidos con la igualdad de oportunidades, rechazando actitudes y prácticas discriminatorias o que amparen la discriminación. Favoreciéndose la mediación y corrigiendo de manera inmediata actitudes y prácticas cuyos efectos sean discriminatorios o que amparen la discriminación, aún cuando la practica sea atribuible a la costumbre o al hábito.
  6. Se crearán instrumentos para evaluar posibles situaciones de desigualdad de género en las organizaciones y se pondrán en marcha acciones para mejorarlas. Así mismo se formalizarán mecanismos que permitan la detección de prácticas discriminatorias y las medidas correctoras necesarias.
  7. La incorporación de la mujer en la negociación colectiva y la inclusión de los códigos de buenas prácticas para la no discriminación en los convenios sectoriales, son imprescindibles para garantizar la igualdad de oportunidades. Por ello, en los citados acuerdos se promoverá junto a los representantes laborales el marco adecuado para la introducción de medidas y actuaciones que la fomenten.
  8. El personal directivo dará ejemplo entre el resto de la plantilla, comprometiéndose y apoyando las políticas desarrolladas en la organización para garantizar que el mérito y la capacidad sean los exclusivos criterios que determinen la asunción de responsabilidades de mujeres y hombres, en el marco de las relaciones laborales y profesionales.
  9. Los firmantes se comprometen a poner en marcha, en función de sus posibilidades, medidas de conciliación personal y laboral, tanto para hombres como para mujeres, y todas aquellas tendentes a eliminar cualquier discriminación salarial o laboral, y a adaptar sus sistemas de trabajo, horarios y estructuras para la consecución de este objetivo. Estableciendo además el principio de la evaluación del desempeño como criterio de asignación de tareas y retribuciones para todo el personal de la empresa, sin distinción de origen, género o identidad.
  10. La visibilidad de la mujer deviene de su igual libertad ante la Ley. Por ello, la entidad firmante de este manifiesto se compromete a aplicar los principios recogidos en este decálogo como herramienta para que la mujer, en el ejercicio de su libertad individual, pueda desarrollar su plena visibilidad profesional, pública e institucional. Como expresión de ese compromiso, la entidad firmante remitirá un informe anual a OMEP con el detalle de las acciones y avances realizados durante el año natural, para que se incorpore a la memoria del Observatorio que se redactará y difundirá a través de los medios y canales oportunos.

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